jueves, 6 de octubre de 2016

XVII Conferencia Anual UC&CS - Reglas de origen en el TPP


Reglas de origen en el TPP

Por Gabriela Casas Cabrera

“Las Reglas de Origen y Procedimientos Relacionados con el Origen”, incluidas en el Capítulo 3 del Acuerdo de Asociación Transpacífico (TPP), fungen como medidas o criterios requeridos para comprobar el grado de originalidad de una mercancía de manera parcial o total. Su importancia se explica porque los derechos y las restricciones aplicados a la importación pueden variar según el origen de los productos importados. Su finalidad es otorgar preferencias arancelarias a los países firmantes miembros de la Organización Mundial del Comercio (OMC) para no crear obstáculos innecesarios al comercio.

De acuerdo con el Dr. Ignacio Martínez Cortés, a través de las Reglas de Origen se determina el origen de la mercancía, el cual que se realiza mediante la clasificación arancelaria que se encuentran en los anexos de los Tratados de Libre Comercio.

El especialista en Comercio Exterior, habló de la situación del comercio mundial, en el cual hay una proliferación de acuerdos de libre comercio, acceso a mercados inexplorados por parte de economías emergentes y manufacturas de alto valor tecnológico. En ese escenario, el comercio entre los país miembros del TPP, representa el 36% del PIB Mundial (27,9777 mdd), el 25% del comercio mundial (9,623 mdd), el 11% de la población mundial total (806 millones) y 28% de la IED recibida a nivel mundial (345 mdd).

En su ponencia “Reglas de origen en el TPP: Mecanismo de exclusión comercial”, la cual dictó en el marco de la XVII Conferencia Mundial Anual “Convergencia Mundial, ATP-Acuerdo Transpacífico (Global Convergence, TPP-Transpacific Agreement)”, organizada por la Accouting Legal and Business Advisors an Strategic Alliance, UC&CS América y UC&CS Global, realizada el 26 de septiembre de 2016 en la Ciudad de México, apuntó que la temática sobre el origen de las mercancías en el TPP, se enlista de la siguiente manera: mercancías originarias totalmente obtenidas, materiales recuperados en mercancía remanufacturada, valor de contenido regional, materiales utilizados en la producción y su valor, ajustes adicionales al valor de las mercancías, costo neto acumulación, mercancías fungibles, materiales de instrucción y de empaque, embalaje y contenedores, materiales indirectos, surtido de mercancías, transporte y transbordo, así como, certificación y verificación de origen.

El catedrático del Centro de Estudios Internacionales de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM, afirmó que hay dos sectores donde, en mayor medida, se encuentran aplicadas las reglas de origen: automotriz y textil.

En lo que refiere al automotriz, Martínez Cortés señaló que con el TPP hay una posibilidad de que se abran nuevos mercados. Mencionó que hay reglas específicas que marcan que se debe cumplir con 45% de costo neto. Agregó que “la desgravación en el sector automotriz deja a países como Japón y Singapur como los más competitivos en los automotores, pudiendo hacer uso de las reglas de origen sin ningún problema ya que la mayoría de las subpartidas del SA se encuentran en arancel del 0%. Por otra parte, los países con mayor dificultad de acceso competitivo serán Vietnam, Brunei, Chile y México, que actualmente cuentan con tasas arancelarias superiores al 15% en este sector, con un periodo de desgravación de aproximadamente 8 años, una vez entrado en vigor el TPP”.

Respecto al sector textil, el Coordinador del Laboratorio de Análisis en Comercio, Economía y Negocios, dijo que, con base en las Reglas de Origen, “la mercancía textil, con materiales no originarios, sin cumplir el requisito de cambio de fracción arancelaria, puede ser considerada originaria si el peso total de todos esos materiales no excede el 10% del peso total. Asimismo, una mercancía que contenga fibras o hilados no originarios en el componente de la mercancía que no cumplen con el cambio aplicable de clasificación arancelaria, puede ser considerada originaria si el peso total de todos esos materiales no excede el 10% del peso total”. En cuanto a la desgravación en materia textil, señaló que “México presenta una desgravación en mayor tiempo de un número más alto de aranceles, mientras que Singapur y Brunei presentan escenarios más favorables para incursionar en el mercado textil”.


Martínez Cortés, concluyó haciendo énfasis que el TPP al entrar en vigor, va a modificar la estructura regional, y de manera multilateral, la forma de hacer negocios, pero sobre todo, va a transformar el proceso de la fracción arancelaria.

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